Con todo el Poder de la Información

Martha Isabel Alvarado (†)

Dirección General

Fernando Flores

Sub Dirección General

El Partenón
Alberto Guerra Salazar

Increíble: atajan corrupción

Alberto Guerra Salazar

José Inés Figueroa

La última y nos vamos

José Inés Figueroa

Arnoldo García

El Blindaje

Arnoldo García

Cd. Victoria

Tribunal Federal niega amparo a “Makito”; mantienen firme la orden de aprehensión

REDACCIÓN

27 de diciembre, 2025

La justicia federal volvió a cerrarle el paso al alcalde de Reynosa, Carlos Víctor Peña Ortiz, luego de que el Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito le negara un nuevo juicio de amparo con el que pretendía frenar el proceso penal en su contra y destrabar una audiencia de sobreseimiento.

La resolución, emitida en la queja 393/2025, declaró infundado el recurso promovido por el edil y ratificó la actuación de la jueza Zadi Román Bravo, titular del Juzgado de Control de la Tercera Región Judicial, quien se negó a programar la audiencia solicitada dentro de la carpeta de investigación CP/0017/2021, relacionada con el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Peña Ortiz había promovido previamente el amparo 1470/2025, luego de que la autoridad judicial rechazara su petición de celebrar la audiencia por videoconferencia. El alcalde argumentó que los bloqueos carreteros, protestas de agricultores y las condiciones de inseguridad en Tamaulipas le impedían comparecer de manera presencial ante el juzgado con residencia en San Fernando. Sin embargo, dichos argumentos fueron desechados por las instancias judiciales. La jueza penal sostuvo que avanzar en el procedimiento sin antes esclarecer la situación jurídica de otros amparos relacionados con la misma carpeta de investigación podría generar nulidades procesales, sobre todo ante la existencia de recursos aún pendientes promovidos por el propio alcalde.

Tras ese primer revés, Peña Ortiz intentó que un Juzgado de Distrito en Materia de Amparo obligara a la jueza a fijar la audiencia; no obstante, la estrategia fue definitivamente sepultada por el Tribunal Colegiado, que negó la protección constitucional solicitada.

Con este fallo, la justicia federal avala el criterio de la jueza de control y envía un mensaje contundente: ni los argumentos de inseguridad ni el uso de herramientas tecnológicas pueden utilizarse como pretexto para retrasar o evadir la acción penal. La resolución mantiene firme la orden de aprehensión y agrava el ya delicado escenario legal del alcalde de Reynosa.

Cabe recordar que el proceso deriva de una denuncia interpuesta por el abogado Marcelo Olan Mendoza, quien acusó al edil de haber adquirido un rancho con un valor superior a los cuatro millones de pesos cuando tenía 19 años de edad, sin contar con un empleo formal que justificara el origen de dichos recursos.

De acuerdo con el expediente, la orden de aprehensión contra Peña Ortiz se giró luego de que el edil se negara a comparecer en tres ocasiones ante la autoridad judicial, pese a los citatorios emitidos por el Juzgado de Control de la Tercera Región Judicial.

Por ello, el alcalde ha recurrido de manera reiterada al juicio de amparo para evitar su detención. Al menos 19 recursos legales de este tipo han sido promovidos a lo largo del proceso, varios de los cuales fueron negados o revocados por jueces federales, sin que ello haya frenado la presentación de nuevas demandas constitucionales.

ORDEN DE APREHENSIÓN PUEDE SER EJECUTADA EN CUALQUIER MONENTO.

Este último amparo desechado constituye uno de los reveses procesales más significativos para la defensa del edil, al quedar firme la imputación por el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, tipificado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, considerado de carácter grave y sancionado con penas que oscilan entre cinco y quince años de prisión.

Dicha conducta delictiva, además, se encuentra catalogada dentro de los supuestos que ameritan prisión preventiva oficiosa, por lo que, en caso de ser ejecutada la orden de aprehensión, el imputado no podría enfrentar el proceso en libertad ni acceder a medidas cautelares sustitutivas, conforme a lo establecido por el artículo 19 constitucional y la legislación penal vigente.

Con la negativa del Tribunal Colegiado, se agotó una vía más de defensa constitucional, dejando al alcalde de Reynosa en un estado de vulnerabilidad jurídica real e inmediata, al permanecer vigente la orden de aprehensión que puede ser ejecutada en cualquier momento, sin que los recursos extraordinarios interpuestos hayan logrado modificar su situación legal

Más artículos de REDACCIÓN
El Partenón
José Ángel Solorio

Las estirpes reynosenses

José Ángel Solorio

José Luis B. Garza

Las preocupantes remesas

José Luis B. Garza

Carlos López Arriaga

EL GENERAL AVESTRUZ

Carlos López Arriaga

Clemente Castro

La confianza se construye

Clemente Castro