Luis Alonso Vásquez
Dirección General
Martha Isabel Alvarado
Sub Dirección General
28 de abril, 2011
Un punto de acuerdo mediante el cual el Congreso del Estado exhortará al Congreso de la Unión, a realizar consultas públicas en cada una de las regiones y entidades federativas, previo a la decisión final del proceso de reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, será aprobado hoy durante la sesión del Poder Legislativo de la Entidad.
Así lo marca el orden del día de la reunión de labores de los legisladores locales, que se publica en su página de internet, conforme a lo que establece la legislación.
En su análisis, la Comisión de Gobernación, que dictamina dicha propuesta, establece que nuestro país y la sociedad trabajadora requiere fundamentalmente de la generación de empleo y la salvaguarda de los derechos laborales y colectivos, además de que se pretende un aumento a la productividad y competitividad dentro de las empresas.
“En ese contexto, estimamos pertinente el análisis pormenorizado, no sólo de las iniciativas que se han presentado, sino también escuchar y recabar las opiniones e inquietudes de los múltiples sectores que conforman el área laboral, como son los trabajadores, los profesionistas, los jóvenes, los estudiantes, así como del sector empresarial, por citar algunos”.
Abunda que dada la magnitud de la reforma y que ésta beneficiará o perjudicará tanto al trabajador como el desarrollo económico del país, previo a realizar el dictamen final de las iniciativas que se han planteado en materia laboral, se abran los espacios para realizar foros de consulta en las diversas entidades del país, con el fin de que se discutan y reciban propuestas para enriquecerlas.
Darán carácter de públicas a comisiones legislativas.
Con el propósito de otorgar el carácter de públicas a las reuniones de las Comisiones de la Sexagésima Primera Legislatura Local, así como de conferir a esta categoría la información y datos derivados del trabajo efectuado por las mismas, el Congreso del Estado aprobará una reforma al artículo 50 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso,
Los promoventes exponen que en la práctica parlamentaria se estima necesario regular algunos aspectos importantes inherentes a las reuniones de las Comisiones, a fin de dotar de congruencia al ordenamiento parlamentario que nos rige, con la legislación que en materia de transparencia prevalece en el Estado.
“La naturaleza de las reuniones de Comisión, el manejo de la información que en éstas se trata, así como la divulgación de la celebración de las propias reuniones, constituyen aspectos trascendentes que deben regularse para un mejor funcionamiento de los referidos órganos legislativos”.
Finalmente expresan que con el ánimo de transparentar el actuar de todos los que integran esta Representación Popular, estiman pertinente reformar con el propósito de otorgar el carácter de públicas a las reuniones de las Comisiones, además de conferir esta categoría a la información y datos derivados del trabajo efectuado por las mismas.
Bajo esta premisa, resulta procedente también instituir en el precepto legal que se reforma la previsión de que la información y datos que formen parte de la realización de las reuniones de Comisiones serán públicos si conforme a la ley no son de carácter reservado.
Lo anterior resulta lógico y se justifica, ya que se colige que si las reuniones de Comisiones son de carácter público, entonces la información y los datos que en éstas se manejan deben ser, por ende, de la misma naturaleza, salvo disposición en contrario de la ley.
Y aprobarán cárcel para quienes den aviso de operativos en lucha contra bandas delincuenciales
También durante la sesión del Congreso de hoy, se aprobará una iniciativa del Poder Ejecutivo Estatal, con la que se pretende tipificar como delito el acecho, vigilancia o cualquier actividad de espionaje a las fuerzas armadas del país, a las instituciones policíacas federales, estatales y municipales.
Es decir, la persona que incurra en esta acción, podrá ser sancionado con cuatro a diez años de cárcel y multas de 200 a 400 días de salario mínimo, (de 11 mil 340 a 22 mil 680 pesos) como lo marca el artículo 47 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
De igual manera, se propone que se agraven las penas cuando el delito sea cometido por servidores o ex servidores públicos de las fuerzas armadas, de las instituciones preventivas de seguridad pública, así como en los casos que en la comisión de dicho delito, se utilice a niños, niñas, adolescentes o a quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, para cometer el delito.