26 de octubre, 2025
El Congreso del Estado analiza una iniciativa que busca eliminar el rango obligatorio del 30 al 50 por ciento del salario del deudor alimentario, sustituyéndolo por un criterio flexible que permita a los jueces determinar los montos según las condiciones económicas y familiares de cada caso.
La propuesta, presentada por el diputado Víctor Manuel García Fuentes, del grupo parlamentario de Morena, plantea reformar los artículos 288 del Código Civil y 443 del Código de Procedimientos Civiles de Tamaulipas, con el objetivo de armonizar la legislación estatal con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De aprobarse, los jueces dejarían de aplicar el esquema fijo que los obliga a establecer la pensión con base en un porcentaje preestablecido, un modelo que, según el legislador, ha derivado en decisiones desproporcionadas, injustas o imposibles de cumplir.
La iniciativa propone que la cuantificación de los alimentos se base en los principios de proporcionalidad y equidad, considerando tanto las necesidades reales del beneficiario como la capacidad económica comprobable del deudor alimentario.
García Fuentes explicó que el esquema actual limita la libertad judicial e impide evaluar factores como el número de dependientes, el costo de vida, los ingresos reales o la situación patrimonial del obligado.
El legislador citó criterios de la SCJN, como la jurisprudencia 1a./J.97/2023, que declara inconstitucional imponer fórmulas aritméticas rígidas para fijar pensiones, pues pueden generar desigualdad entre quien paga y quien recibe los alimentos.
De acuerdo con la iniciativa, los jueces deberán sustentar sus resoluciones en información verificable, como declaraciones fiscales, propiedades o estados de cuenta, y tendrán la facultad de requerir dichos datos de oficio para determinar con precisión la capacidad económica del deudor.
El nuevo modelo busca dar equilibrio y sostenibilidad a las resoluciones judiciales, evitando tanto pensiones insuficientes en zonas con alto costo de vida como montos excesivos que pongan en riesgo la estabilidad del propio proveedor y afecten el cumplimiento alimentario.