Luis Alonso Vásquez
Dirección General
Martha Isabel Alvarado
Sub Dirección General
7 de marzo, 2025
El Congreso en Tamaulipas aprobó una iniciativa con dispensa de trámite, para que en caso de que una mujer delinque, un juez de control podrá declarar su prisión domiciliaria y no estar en prisión.
De esta manera, las mujeres podrán seguir su proceso o en su caso la sentencia en su domicilio y tanto el grupo parlamentario de Morena, PT y la representación del Partido Verde Ecologista, consideraron que se trata de hacer una “justicia con enfoque de género” en favor de las mujeres vulnerables.
“Esta reforma garantiza que las mujeres en condición de marginación que hayan cometido un delito que amerite prisión, puedan sustituir su condena por confinamiento domiciliario, evitando no solo el impacto negativo del encarcelamiento en sus familias, sino también contribuyendo a mejorar sus condiciones de vida, especialmente en el caso de aquellas que son jefas de familia y el principal sostén de su hogar”.
La diputada Lucero Deosdady Martínez López del grupo parlamentario de Morena, explicó que la reforma al Código Penal, “permitirá sustituir la pena de prisión por arresto domiciliario para mujeres jefas de familia en condiciones de vulnerabilidad y precariedad, siempre que se determine que la privación de la libertad es innecesaria y desproporcionada”.
Detalla: “En aquellos casos en los que la imposición de una pena privativa de libertad resulte innecesaria y desproporcionada, la jueza o el juez, de oficio o a petición de parte, podrán sustituir dicha pena por confinamiento domiciliario y otras medidas de control, siempre con el respaldo de dictámenes periciales”.
La acción de reforma, añade, responderá a los efectos negativos del encarcelamiento de mujeres madres en sus hijos e hijas, quienes pueden verse forzados a vivir en centros penitenciarios o ser separados de su familia.
De acuerdo a la visión de las y los legisladores de estos grupos parlamentarios, el encarcelamiento de mujeres impacta de manera desproporcionada a sus familias y comunidades, pues la mayoría de ellas son el principal sostén económico y emocional de sus hogares.
Insiste: “En el Estado de Tamaulipas se enfrenta a desafios significativos en materia de seguridad, justicia y desarrollo social, la violencia de género, la pobreza y la falta de acceso a la educacion y a la salud son problemas que afectan de manera desproporcionada a las madres solteras y jefas de familia en el Estado”.
Tamaulipas cuenta con 5 centros penitenciarios en el mes de diciembre del 2024 de acuerdo al cuaderno del mes existe un total de 757 personas procesadas de las cuales 696 son hombres y 61 son mujeres, hombres 2356 y mujeres 127 dando un subtotal de 2483 personas sentenciadas en el fuero común.
Añade que los daños que representan los delitos por los cuales las mujeres son privadas de su libertad no guardan relación con el daño que puede ocasionar el encarcelamiento de una mujer a su familia, lo que ha intensificado los llamados a la aplicación de alternativas al encarcelamiento desde un enfoque de género destaca que, de las alternativas al encarcelamiento disponibles, no todas son de fácil acceso para las mujeres pues muchas de las cuales no pueden pagar multas por su situación de pobreza, o no pueden cumplir con las condiciones impuestas con la medida alternativa por las demandas de sus trabajos remunerados y sus responsabilidades de cuidado.
Con lo anterior, el artículo 108 BIS de dicho código, quedó de la siguiente manera:“Cuando por haber sufrido el sujeto activo consecuencias graves en su persona o por senilidad o su precario estado de salud, “o por ser mujer jefa de familia y que haya cometido un delito en condiciones de marginidad, fuerte” notoriamente innecesaria y desproporcionada la imposición de una pena privativa y restrictiva de la libertad, la Jueza o el Juez, de oficio o a petición, podrá sustituirla por la de confinamiento y por medidas de seguridad. En todo caso la o el juzgador se apoyará en dictámenes de peritos”.