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'Suprema Corte no debe frenar política de seguridad...; sería un obstáculo en la lucha vs violencia; GN debe ir a Sedena'

Sandra TOVAR

14 de abril, 2023

Si la Suprema Corte de Justicia impide que la Guardia Nacional pase a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), se obstaculizará  la política de seguridad del país aseguró  la diputada federal Olga Juliana Elizondo.

Hace apenas unos días el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que, por acuerdo de la Presidencia de la República, la Guardia Nacional pasará a formar parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Ante esto, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Juan Luis González Alcántara ha propuesto declarar inconstitucional la reforma del Congreso. Por ello, la diputada federal explicó que detener esta reforma, significaría un obstáculo a la política de seguridad del país, en un contexto social donde la violencia y la inseguridad continúan afectando la tranquilidad de las familias. 

"Además, es cuestionable la legitimidad de la atribución de invalidar una decisión legislativa por parte de la Corte, ya que se trata de un poder constituido (integrado solo por 11 ministras y ministros) que sobrepone sus decisiones a los dos poderes constituyentes, como son el Legislativo (la Cámara de Diputados integrada por 500 representantes y el Senado de la República integrado por 128 representantes) y el Ejecutivo; además, de la función legislativa de los congresos estatales, en virtud del pacto federal", destacó Olga Juliana Elizondo.

Dijo que la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, más allá de que sea buena o mala, alude a la necesidad urgente de atender el problema de la inseguridad en el país, a través de un órgano de seguridad pública capacitado y que funcione con perspectiva de derechos humanos. 

"Inclusive, de ahí viene la necesidad de la reforma del artículo transitorio quinto de la reforma constitucional en materia de la Guardia Nacional, el cual propuso la ampliación de la participación de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública, a fin de permitir el fortalecimiento de la Guardia Nacional".

Explicó que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 29 fracción IV, establece que la SEDENA únicamente ejercerá el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, a partir de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública definida por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.  

"El artículo 30 Bis de la misma ley, agrega que a esta Secretaría le corresponde la formulación de la Estrategia referida, así como la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública y la coordinación del Gabinete de Seguridad. Asimismo, de acuerdo con el artículo 13 fracción IX de la Ley de la Guardia Nacional, le corresponde nombrar a las personas titulares de las coordinaciones territoriales, estatales y de las unidades especiales de dicho órgano".

Además dijo la legisladora,  el artículo 14 de la misma Ley de la Guardia Nacional dispone que la persona titular de la Comandancia, la cual coordina este órgano, será nombrada por el titular del Ejecutivo Federal, es decir, las directrices continúan en el mando civil, mientras que lo operativo y administrativo es coordinado por el mando militar. 

"En ambos diseños institucionales, la Guardia Nacional depende del Ejecutivo federal, cuyo titular es comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.  La diferencia está en quién se encarga de las directrices de la política de seguridad (Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana) y quién de su administración y operación (Secretaría de la Defensa Nacional).", concluyó.

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